Hemos podido comprobar como existen clientes que roban el proyecto para llevárselo a otro arquitecto.
Después de trabajar tres semanas en el estudio de la vivienda de dos hermanos en Huercal Overa, ajustando la distribución a sus necesidades y estudiando las fachadas con perspectivas 3D, nos encontramos con que, a última hora, deciden irse a otro arquitecto con nuestro proyecto.
Pues bien, dos años más tarde las obras de las dos viviendas son claramente idénticas a las propuestas por nosotros para los mismos clientes.
En España, el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual menciona específicamente a las obras de arquitectura , según el cual se comprenden entre las creaciones objeto de propiedad intelectual «los proyectos, planos, maquetas y diseños de obras arquitectónicas y de ingeniería»
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